viernes, 6 de julio de 2012

Educación para las competencias parentales.


El trabajo con y para padres, preámbulo para la educación de competencias parentales:

 La cultura de la dis-capacidad ha permeado  tanto a las estrategias de la política educativa,  al currículum escolar, al ámbito escolar,  y a  sus agentes educativos.

 Al respecto,  pueden definirse diferentes formas de participación parental en la escuela, siendo estos:

a)      De información.-  Relacionada al desempeño y logros  escolares  de sus hijos; acerca de la ejecución de la práctica educativa; o bien, por necesidades de gestión. Este nivel de participación es definido por la misma escuela, tanto en mecanismos como en responsables y tiempos para ello.

b)      De consulta o asesoría.- Pretende la vinculación hacia las figuras parentales con fines de conocer las condiciones de la vida familiar, los recursos y apoyos que proporcionan a los alumnos, expectativas en relación a la escuela, y la oferta educativa. Generalmente es definido por un profesor para atención de un alumno en particular, puede sujetarse a una temporalidad de diagnóstico.

c)      El trabajo por comisiones.- Permite la formación dirigida o voluntaria de grupos de padres, o bien de padres y profesores, con fines de gestión o de evaluación para obtener bienes y servicios de índole  colectiva.

     De igual manera,  el modelo de gestión escolar  llamado: Comunicacional (1990) (12)  propone el rediseño organizacional desde una perspectiva lingüística, entendidas como «Redes comunicacionales» que facilitan o impiden las acciones deseadas;  pretende la transferencia de tareas de gestión  hacia las padres de familia.

     Sin embargo, la modalidad de asesoría ha  sido la  mayormente recurrida, para atención educativa ante aspectos relacionados con el  individuo y sus necesidades especiales; la cooperación entre padres y otros profesionales de la educación; se ha aplicado de manera asistencial, individual,  y en cumplimiento de los siguientes principios:


-          Ayudar a los padres a explicarse sus reacciones emotivas e intelectuales, ante la discapacidad de su hijo, ya que éstas pudiesen impedir un proceso terapéutico y su cooperación plena.

-          Proporcionarles una evaluación médica, social, psicológica y educativa; honesta, significativa y precisa de las capacidades de su hijo.

-          Informarles acerca de los programas educativos y de rehabilitación, recomendados para su hijo.

-          Así como incentivarles a participar en la reeducación de sus hijos, evaluando la eficiencia del programa terapéutico acatado. (13)

Posteriormente, se sugirieron experiencias de información a padres en colectivos o en grupos,  siendo entre estos modelos:

 El proyecto “Trabajo con padres”, impulsado por el Gobierno de Chiapas, el Sistema Integral de la Familia y el ITEC, (14)  promovía la capacitación a maestros, para que a su vez, reprodujeran la capacitación a padres de familia, en temas relacionados a: “La paternidad y sus determinantes sociales”; “La formación de relaciones del sujeto humano”; “El desarrollo de la 1ª. Infancia”; “Desarrollo de la 2ª. Infancia”; “Desarrollo de la adolescencia”; entre algunos. La capacitación consideraba el aprendizaje y ejecución de cuestionarios y  técnicas para contactar… “La teoría y el proceso vivenciado”… Para su ejecución, se dividían los temas, en Unidades, y Tiempos (Número de horas para cada sesión).

 El proyecto  Escuela para padres (15)  impulsado por la Dirección General de Educación Especial  en el año 1993,  sugería la formación de grupos de padres, desde la perspectiva participativa; implicando el compromiso del asesor o maestro especialista, para crear un  ambiente de confianza  en el que los padres expongan intereses, necesidades y experiencias, la reflexión, y el cambio de situaciones específicas.

 Sin embargo, los resultados y logros de este tipo de intervenciones como alternativa que apertura la organización colectiva para el trabajo por comisiones de  padres con hijos que presentan NEE, no han impactado en amplio espectro, para mejora de nuestra sociedad, prueba de ello, es el bajo número de clubes, colectivos, grupos, figuras asociativas, redes, tanto en el medio local, como estatal.

  En la actualidad, las características del Modelo de Atención de los Servicios de Educación
Especial (2009) (17 ) considera al contexto familiar como elemento sustantivo para impulso de la experiencia de enseñanza y aprendizaje a alumnos con diversidad funcional. Por tanto, en su  transversalidad curricular exige la correspondencia entre escuela,  padres y madres.

Define  para el servicio de USAER, la misión de acompañar a la inclusión escolar de un Trabajo con padres que permita el conocimiento del contexto sociofamiliar de los alumnos, con el propósito de fomentar la participación familiar en el proceso educativo, contribuyendo a la vez, a elevar su calidad y favorecer el logro del perfil de egreso; lo cual requerirá de trabajo conjunto y aprendizaje permanente, en un ambiente inclusivo. Todo ello en la visión de que la información acerca del ambiente en que se desenvuelve el alumno en cotidiano puede ser utilizado para mejorar los resultados educativos.

Para lo cual, sugiere también considerar aspectos como: El Plan Estratégico de Transformación Escolar (PETE) y su dimensión de participación social y comunitaria; el involucramiento de las familias en las actividades escolares; optimizar  las ideas que los padres  acerca del quehacer de la escuela; favorecer la interacción del alumno en su familia; y la vinculación familiar a instituciones afines.
A la vez, define por estrategias para el Trabajo con padres, dar información acerca de las barreras y avances que enfrentan sus hijos; dar la orientación acerca de las actividades que apoyen el aprendizaje de sus hijos; orientar a los padres en modalidades colectivas como talleres, cine debate y asesoría; apoyar el acuerdo con instituciones para apoyo complementario. Dichas estrategias se sugiere sean acompañadas de las siguientes técnicas:  Reporte de visita domiciliaria, entrevista, encuesta, reporte de vinculación con instituciones, y bitácora de atención.



   



      


    





    


Padres y madres de alumnos con diversidad funcional, ante la inclusión escolar.



La participación parental en la escuela, del modelo médico al modelo social:

Previo a abordar las modalidades en que se ha desempeñado la atención educativa a padres y madres ante la diversidad funcional y las oportunidades de inclusión escolar, es importante referir las diversas concepciones de la minusvalía, la discapacidad y la misma diversidad funcional, como marco de análisis para la participación parental.

 La Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías CIDDM de la OMS en 1980 (7) prescribía las siguientes definiciones:

a)      Deficiencia.- Como toda pérdida, anormalidad o trastorno de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica; incluyen la ceguera; la sordera; la visión parcial; la parálisis o amputación de una extremidad; el retraso mental;  el mutismo.

b)      Discapacidad.- Se debe a una deficiencia; es la restricción o falta de la capacidad

para realizar una actividad de forma común,  normal o funcional  para un ser humano. Esta concepción se ejemplifica en las dificultades para ver, hablar u oír funcional y normalmente;  para moverse o subir las escaleras;  para agarrar o

            manipular objetos; alimentarse y asearse en cotidiano.

c)      Minusvalía.- Se refiere a la desventajosa situación social y económica de las personas a consecuencia de una deficiencia o de discapacidad; es decir, ante la interacción con entornos y culturas específicos; ejemplos de ella son la obligatoriedad de aislamiento social al permanecer postrado en cama; no poder utilizar el transporte público.

 Posteriormente, la  Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud  CIDDM-2 de la OMS (2 ídem) enfatiza lo que llama Dominios de salud, y Dominios relacionados con la salud; mismos que describe desde la perspectiva corporal, individual y social. Establece así las siguientes categorías:

a)      Estado de salud.- Se refiere a lo que una persona con una enfermedad hace o puede hacer.

b)      Funcionamiento.- Implica las funciones corporales, actividades y participación de una persona en su contexto social.

c)      Discapacidad.- Se refiere a la incapacidad, limitación o restricción de la persona ante dichas actividades y participación social; por lo que implica factores contextuales.

 La Declaración mundial de contribución de las Personas con diversidad funcional a una Cultura de Paz  (1999) ( 8 )  hace mención a la necesidad urgente de buscar múltiples estrategias y/o recursos que ayuden a eliminar  la discriminación e intolerancia que se puedan establecer contra los seres humanos con diversidad funcional;  considera que el proceso de  discapacitación es un factor determinante de exclusión social,  que se unen a otros muchos, tales como: Diferencia de género, orientación sexual, intergeneracionalidad, niveles de pobreza, etnia, raza, tipología y/o grado de diversidad funcional.

 A la vez, sugiere que los Estados fomenten  una educación inclusiva, integral, de calidad, y en consecuencia que incorpore  la  diversidad humana (Género, orientación sexual, interculturalidad y de diversidad funcional) con transversalidad curricular; que permita transformar hacia nuevos valores, actitudes y comportamientos que aproximen a sociedades, culturas y naciones a una Cultura de Paz y para la Vida Independiente, reconociéndole como un Derecho Humano.

 Por  tanto, el cambio vertiginoso en la forma en que las instituciones han concebido al déficit biológico, a la inequidad social que conlleva la discapacidad contextual, y más allá, a la condición de alienación y de derechos humanos a la que obliga el determinismo de la cultura de la dis-capacidad, priorizado en el modelo clínico, ha permeado  la respuesta del ámbito educativo para las personas con diversidad funcional y sus agentes socializadores, en particular, las figuras parentales.

 Marco normativo para la participación parental en las instituciones educativas:

 Respecto a la normatividad que regula participación de padres y madres en las instituciones educativas, podemos citar:

 El Programa Sectorial de Educación  2007-2012 (9),  propone acciones relacionadas al objetivo 2, respecto a ampliar  oportunidades educativas y reducción de desigualdad entre grupos sociales e impulso a la equidad, incluyendo aquí a las personas con Necesidades Educativas Especiales. Así como al objetivo 6,  que se orienta a fomentar gestión escolar,  fortaleciendo la toma de decisiones, corresponsabilidad de actores sociales y educativos, promoviendo la seguridad de alumnos y profesores, y la rendición de cuentas. Ello, a través de fortalecer el proceso de integración educativa y de los servicios de educación especial; e instituir la participación de padres de familia en su seguimiento.

   La Ley General de Educación  (10), en su Cap. IV “Del proceso educativo” Art. 41, párrafo reformado DOF-22-06-2009, señala que la educción especial incluye a padres o tutores, maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren alumnos  con necesidades especiales de educación. Así  mismo, en su Cap. VII “De la participación social en la educación” Art. 65, enuncia como derechos de los padres de familia y tutores, Obtener inscripción en escuelas públicas; participar a las autoridades escolares respecto a cualquier problema relacionado a la educación de sus hijos; colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos y en el mejoramiento de los establecimientos educativos; formar parte de las asociaciones de padres de familia y de los consejos de participación social; y conocer acerca de la capacidad de la planta docente, así como los resultados de las evaluaciones para ello  realizadas. El Art. 66,  añade por obligaciones, que sus hijos reciban educación preescolar, primaria y secundaria; apoyar el proceso educativo de los mismos; colaborar con las instituciones educativas; informar a las autoridades educativas cambios en la conducta y actitudes de los educandos, para que se apliquen los estudios correspondientes, a fin de determinar posibles causas; dar a conocer a la autoridad educativa del plantel las irregularidades que cometiesen el personal administrativo y académico en perjuicio o cambio emocional del educando. De las asociaciones de padres de familia.

 Así mismo, en el Art. 67, acerca de las asociaciones de padres de familia, otorga representatividad de los intereses que en materia educativa sean comunes para los educandos; para colaborar en la integración de la comunidad escolar y el cuidado de las instalaciones; participación en la aplicación de cooperaciones en numerario,  bienes y servicios que las asociaciones deseen hacer al establecimiento escolar; proponer medidas conducentes para alcanzar los propósitos escolares, así como informar de irregularidades en el proceso, absteniéndose de intervenir en los aspectos pedagógicos y laborales de los establecimientos educativos; su organización y funcionamiento queda sujeto a las disposiciones que la autoridad educativa federal señale.

 En lo concerniente a los Consejos de Participación Social, en sus Arts. 68, 69, 70, 71, 72 y 73, señala la promoción de participación de la sociedad para actividades que eleven la calidad de la educación pública y de la ampliación de cobertura de los servicios educativos; estarán integrados por representantes de padres de familia, sus asociaciones, maestros, representantes sindicales, directivos,   exalumnos, y miembros de la comunidad interesados en mejorar el servicio escolar; dicho consejo tendrá conocimiento del calendario escolar; las metas y avances de la labor educativa;  acciones para la prevención de hechos delictivos, así como de los derechos humanos de las víctimas; conocerá resultados de las evaluaciones realizadas por las autoridades escolares; propiciará la colaboración de maestros y padres ya padres de familia para salvaguarda de la integridad   (Protección civil y emergencia escolar) y educación plena de los educandos a partir de la protección civil y emergencia escolar; promoverá estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela, incluso podrá proponer criterios de evaluación óptimos en cumplimiento a la Frac. VII, Art. 12 de esta misma ley.

 A la vez, se le solicita promover actividades extraescolares para complemento de la formación escolar; por esta vía, se permite la opinión acerca de asuntos pedagógicos y otros temas en pro del desarrollo de la personalidad, integridad y derechos humanos de los educandos;  respaldará las actividades cotidianas de la escuela y tendrá facultad de convocatoria para trabajos que mejoren las instalaciones escolares; facultades similares se otorgan a los Consejos Municipales de Participación Social y a los Consejos Estatales de Participación Social. Cabe señalar que todos estos Consejos, señala la Ley, no deberán intervenir en aspectos laborales de los centros educativos, pudiendo a la vez, solicitar ante la ejecución de un delito en agravio de los educandos, la suspensión  temporal, a manera preventiva, del personal docente o administrativo que se halle involucrado; tampoco podrá intervenir bajo  ninguna directriz política o religiosa.

 Para concluir, en su Cap. VIII “De las infracciones, sanciones y el recurso administrativo” Art. 75, párrafo XVI, define como infracción al hecho de expulsar o negar el servicio educativo a niñas y niños que presenten problemas de aprendizaje, condicionar su aceptación o permanencia en la escuela a someterse a tratamientos médicos específicos; presionar a los padres a que acudan a clínicas y servicios médicos específicos.

 A su vez, la Ley de Educación para el Estado de Chiapas 2004 (11 ), en su Cap. IX “De la Educación Especial”, Art. 61 expresa que ésta es una modalidad de la educación básica, con fines de atención psicopedagógica a educandos con Necesidades Educativas Especiales con o sin discapacidad, o con aptitudes sobresalientes; comprendiendo orientación a los padres o tutores para una participación activa y comprometida en el proceso de integración educativa.

11) Ley de Educación para el Estado de Chiapas 2004.  H. Congreso del Estado.

 Los derechos y obligaciones de tutores y padres de familia, señalados en el Título Cuarto “De la participación social en la educación” Cap. I De los padres de familia, en sus Arts. 108, 109, 110, 111 y 112, se sujetan a lo establecido en la Ley General de Educación vigente para la República Mexicana.

Socialización y adaptación de las familias ante la Diversidad Funcional.


La teoría de los sistemas ecológicos de Bronfenbrenner (1986) sugiere que explicaciones lineales del determinismo social no son la única alternativa  para comprender a la familia y su dinámica intragrupal, ya que el comportamiento de cada uno de sus integrantes ayuda a mantener o a modificar el ideario y comportamiento de los otros (6). Por tal razón, el nacimiento de un integrante con Diversidad Funcional sugiere en los otros miembros nuevos roles, status y reorganización familiar.

 Algunos autores suponen una serie de etapas por las que transita el grupo familiar ante la Diversidad Funcional en alguno o algunos de sus miembros; entre ellos la teoría de las etapas de duelo sugiere: Conmoción, negación, regateo, ira, depresión y aceptación  (Creekmore , 1988); al respecto,   Ferrell (1990) (*), sugiere las etapas de:

a)      Negación y aislamiento.- Que se caracteriza a negar o minimizar el déficit orgánico; influido por  sentimientos de culpa.

b)      Enojo.-  Dirigido de los padres hacia los  profesionales de la salud o de educación, hacia los antecedentes familiares, o hacia ideas mágicas.

c)      Búsqueda.-  Moviliza a las familias a buscar fuentes de curación al déficit orgánico, o bien, a la educación de la persona en dicha situación de vida.

d)      Depresión.-  Es en esta etapa que los padres dimensionan sus expectativas con respecto a las capacidades reales del hijo con diversidad funcional.



(6) David R. Shaffer (2000)  Psicología del desarrollo. Infancia y adolescencia.

* Tomado de “Trabajo con padres” Asesoría técnico pedagógica central, del Depto. De Educación Especial. Subsecretaría de Educación Federalizada para Chiapas.

e)      Aceptación.-  Los padres logran adaptación y perciben a su hijo con Diversidad Funcional como un individuo, con sus propias capacidades y debilidades. Sin embargo,  esta etapa no es sinónimo de parentalidad eficiente, ya que podrían llegar a aceptar el déficit orgánico, pero mantener relaciones disfuncionales ante el hijo.


Socialización y Diversidad Funcional.

También contrarias a la postura de Durkheim, Bárbara Rogoff (1993) enfatiza  la participación guiada del niño en su socialización, considerando que se presenta en todo grupo social, pero mantiene rasgos específicos de la cultura a la que pertenezca; específicamente se refiere a las formas en que el niño aprende activamente en interrelación con otros. Mariëtte de Hann (1999), agrega, que la cultura y sus diversas formas son establecidas por cada grupo social, y que ello se lleva a efecto con la interrelación de la institución familiar, y de la escuela. (2)



Si bien la satisfacción a necesidades básicas y la interrelación con otros ván  gestando en los niños diversas formas de introyectar las experiencias de socialización y  su adaptación social importante es diferenciar entre la socialización primaria y la secundaria para explicar las variantes que nutren la expresión de la diversidad.

(2)

Bermúdez Urbina, Flor Marina, Núñez Patiño, Kathia (      ).  Socialización y aprendizaje infantil en un contexto intercultural.

 a)  Socialización primaria. Es el proceso a través del cual el niño crea su concepción del mundo que le rodea, a través de la plasticidad neurológica, la dependencia hacia los adultos, y la sensibilidad creadora de la infancia y niñez. Sus fines son para alcanzar sentido de pertenencia y de estatus como miembro de una sociedad, requiriendo  a estructurar significantes tanto cognoscitivos como emocionales.

      b)  La socialización secundaria.  Se refiere a cualquier proceso posterior; en ella las personas interiorizan una serie de mundos, dentro de los que se encuentran las instituciones, la división para el trabajo, las organizaciones de filiación, etc.  Estas experiencias de socialización  son cada vez más complejas, respondiendo a los subgrupos de la sociedad y no necesariamente requieren de significantes emocionales.
Cuando así sucede, la llamada resocialización o readaptación social es la vía a partir de la cual, la sociedad misma ofrece oportunidad de que las personas pueden transformar la visión e ideario de la socialización primaria, para favorecer a nuevos significantes, especialmente de índole emocional. Sin embargo, ya que obliga a enfrentar los déficits de una socialización infantil  en la adultez, es necesario que las personas participen en el proceso mismo; que supere sentido de status creado en su pasado; enfrentar con fortaleza yoica las sanciones del grupo de referencia o de la sociedad, presentándose ante ello, la llamada socialización anticipatoria (A través de la cual, la persona adopta un grupo de referencia distinto al grupo en el que construyó su sentido de pertenencia, y reproduce comportamientos afines para ser aceptado).

     De acuerdo a Martine Abdallah-Pretceille 2001(3), el aprendizaje de la socialización conforma la cultura entre los individuos y entre los grupos sociales, teniendo a la vez, dos funciones: Una función ontológica que permite al ser significarse frente a los demás, y una función instrumental que facilita la adaptación a nuevos entornos, produciendo comportamientos y actitudes, es decir, cultura.

 Sin embargo,  socialización y cultura no están exentos de status y roles sociales, implícitos en la expresión del comportamiento y del ideario que les cobija. Así, el status es producto de la evaluación que hace de él la sociedad, aunque puede variar en función de los contextos en los que interactúe. Los roles sociales se refieren a las reglas de comportamiento que se esperan en relación a su persona. Mas allá de una postura determinista, la concepción  dinámica de los roles sociales y su posibilidad de transformación  puede llegar a pautar nuevos status y por consecuencia, modificar el ideario en la cultura.

 A fín de comprender el reto que significa  la concepción de Diversidad funcional dentro de la sociedad del S. XXI, en particular ante el grupo celular de la sociedad como lo ha sido la familia, es importante no olvidar que el status adscrito ha sido el recurrente para destinar a las personas con déficits motóricos, perceptuales y cognitivos, cuando es una característica de su persona al momento de nacer. Por consecuencia, tanto status como roles influyen en las prácticas de crianza y en la educación de los niños, diversificándose ante el tipo de deficiencia orgánica, la intensidad de la afectación, y la manifestación de capacidades para la vida en sociedad, bajo el estigma de normalización.

 El status adquirido, es mayormente asignado a las personas que en la adultez enfrentan un déficit orgánico, el cual requiere de adaptación de manera autónoma, demostrando con ello, la posibilidad de independencia en los diferentes ámbitos del cotidiano, bajo la huella de la funcionalidad social.

 A su vez, el status principal, se refiere a la forma en que cada sociedad valora las actividades institucionales; así, si una sociedad se organiza en las relaciones de parentalidad, el status familiar es preponderante; si una sociedad  se organiza en la riqueza económica, el status más preciado sería quizás de tipo profesional.  

 Independientemente del status que la sociedad confiera a las personas con Diversidad Funcional, aún prevalecen condiciones de exclusión e inequidad. Para la Declaración sobre una Cultura de Paz de la Organización de las Naciones Unidas de 1999 (4),  los países y las sociedades, a través de una educación que reflexione, impulse y valore los derechos humanos, podrían coadyuvar a combatir a la opresión con que és concebida y comprendida la situación de Diversidad Funcional, en hombres y mujeres.  Incidiendo transversalmente y de manera intergrupal, entre las personas con y sin diversidad; de una forma intra-grupal, ante las diferencias de género, edad, orientación sexual, niveles escolares y laborales, acceso a independencia, tipología y grado de diversidad funcional. Haciendo frente a la vez,  a la violencia de la pobreza, la discriminación, o la dependencia obligada.
Una pretensión de tal  magnitud,  por tanto, asignaría responsabilidades a las distintas agencias de socialización (Familia, grupos  de iguales,  escuelas, asociaciones  varias,  y medios de comunicación masiva),  concebidas como  las vías a partir de las cuáles se trasmiten y modifican  los conocimientos, las actitudes y los valores,  a la vez, creando y recreando la cultura.

 Particularmente, siendo la familia la agencia que socializa al niño a partir de reglas y valores con orígenes exógenos, entre algunos la creencia religiosa, la clase socioeconómica, la etnia, puede explicársele como simple trasmisora de creencias, ideas y pautas de conducta; sin embargo, de acuerdo a la teoría de la estructuración social de A. Giddens, puede romperse la dicotomía entre estructura social e individuo, ya que son éstos quienes construyen, objetivizan y pueden modificar subjetivamente las prácticas sociales; todo ello a partir de la conciencia práctica.(5)